CCM ante la nueva Ley de Pensiones: Entre la Protección y la Presión Fiscal

22 mayo, 2024

El Gobierno Nacional acaba de proponer de manera sorpresiva la “Ley de Protección de Las Pensiones de Seguridad Social Frente al Bloqueo Imperialista”, la cual fue apresuradamente aprobada por la Asamblea Nacional sin tomar en cuenta las observaciones hechas por los gremios empresariales, refrendada por el Presidente de la República y publicada en Gaceta Oficial extraordinaria N° 6.806, el pasado 8 de mayo del corriente. El reglamento que la regula fue también publicado Gaceta Oficial N° 42.880, el pasado jueves 16 de mayo.

Actualmente, el sistema de pensiones es gestionado por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), fundado en 1944, y que al presente se rige por la Ley del Seguro Social promulgada el 31 de julio de 2008. Allí se establece que el sistema de pensiones venezolano se alimenta de contribuciones tanto de la empresa como del trabajador, y mientras dure la relación laboral. Esto debería garantizar al trabajador una pensión vitalicia una vez llegue a la edad de jubilación, y luego de haber cumplido ciertos requisitos.

Sin embargo, varios hechos acabaron con el beneficio del pago de pensiones en el país:

 La hiperinflación desmedida a lo largo de los últimos años destruyó el poder de compra de la moneda nacional, y con ello, las pensiones.

 La voracidad fiscal llevada a cabo por los gobiernos locales y nacional, desincentiva la formalización de las empresas, y con ello, los aportes al IVSS. La firma PwC Venezuela estima la carga tributaria sobre una empresa en cerca del sesenta y ocho por ciento (68%) de sus ingresos netos, mientras que la firma Ecoanalítica, estima un promedio de cerca del cincuenta por ciento (50%) sobre las ganancias netas de las empresas.

Ante la incapacidad del Gobierno Nacional de aumentar tanto el salario base para la cotización como la cantidad de empresas que cotizan, se ha optado por la creación de un nuevo tributo, el cual va a tener un impacto importante en las finanzas de las empresas.

Entre las características principales que podemos destacar, están las siguientes:

 Contribución del nueve por ciento (9%) de los gastos de nómina de las empresas, por lo que, para su cálculo, se toma en cuenta el salario básico más todos los bonos y aportes que reciba el trabajador, aun cuando estos no tengan incidencia salarial. El piso para su cálculo será el ingreso mínimo integral indexado, el cual es definido por el Ejecutivo Nacional y a la fecha de hoy, está fijado en ciento treinta dólares ($130).

Aplica solo para empresas del sector privado. El sector público está exento, lo cual resulta discriminatorio.

 El aporte solo lo paga la empresa, a diferencia de los aportes del IVSS, en donde aportan tanto la empresa como el trabajador.

 Este aporte será recaudado por el SENIAT y es deducible del pago del Impuesto sobre la Renta.

 Esta contribución es distinta y no sustituye los pagos efectuados por las empresas al IVSS.

 Multas de mil (1.000) veces el tipo de cambio oficial mayor manejado por el Banco Central de Venezuela, lo cual hoy en día sería equivalente a mil euros (€1.000) por presentar la declaración más allá del plazo establecido.

Luego de analizar el contenido de la Ley y de evaluar los posibles impactos que la misma tendrá en la economía nacional, podemos destacar lo siguiente:

 Esta contribución constituye una nueva carga que se suma a la larga lista de tributos y aportes que pagan las empresas formales, a la vez que incrementa la presión fiscal (entre la más alta del mundo) y amplía la brecha competitiva entre las empresas formales y los actores informales, quienes operan impunemente en todos los niveles de la economía nacional.

 Ya existe en Venezuela una ley que rige las pensiones de retiro y jubilación. Por lo tanto, queda de manifiesto que la promulgación de una nueva Ley solo destaca el fracaso de la Ley del Seguro Social para cumplir su función tal y como fue concebida. Asimismo, ya que la nueva Ley de pensiones mantiene la actual Ley del Seguro Social, los empresarios pasarán a pagar dos (2) veces por las pensiones a sus trabajadores.

 Si bien es el SENIAT el ente responsable en la recolección del impuesto, no se
establece si el IVSS será el ente que pague este beneficio a los pensionados, o si, por el contrario, los recursos se trasladarán a un fondo especial manejado por el Ejecutivo Nacional. Debe aclararse de qué manera esta nueva contribución va a beneficiar a los trabajadores.

 Este impuesto o contribución, establece un nuevo gasto que forma parte de la
estructura de costos de las empresas, por lo que pudiese resultar inflacionario,
especialmente en empresas con grandes nóminas, tales como compañías de
vigilancia, supermercados, restaurantes, colegios, entre otros.

Ante esta situación, la Cámara de Comercio de Maracaibo advierte que la aplicación de dicha contribución tal y como está establecida, va a ocasionar el cierre de más empresas formales y aumentar el desempleo. El único beneficiado va a ser el sector informal de la economía, el cual no paga impuestos ni contribuye con la seguridad social. Por lo tanto, nuestra institución propone lo siguiente:

Evaluar el establecimiento de Fondos de Pensiones privados o mixtos (en sociedad con el Estado), que se especialicen en recaudar, administrar e invertir los aportes hechos por los trabajadores y las empresas, en activos de poca volatilidad (seguros) y buenos rendimientos, tanto en el país como en el extranjero, en moneda fuerte, para garantizarle al trabajador una jubilación digna en su retiro. Este modelo funciona y se ha probado con éxito en otros países.

 Establecer incentivos para ampliar la base de empresas formales que coticen en el sistema de pensiones.

La Cámara de Comercio de Maracaibo está consciente de la necesidad urgente de mejorar el sistema de pensiones en el país para garantizarle al trabajador venezolano una jubilación digna. Sin embargo, mientras no se consolide la economía, no será posible apuntalar la seguridad social de manera sustentable.

Seguir colocando impuestos y contribuciones sobre el sector empresarial formal nacional, solo va a conseguir el cierre de más empresas, sin resolver el problema de fondo. De allí que solicitamos al Ejecutivo Nacional, establecer una Comisión Ad Hoc conformada por representantes de los sectores público y privado, para que aborde de inmediato el problema de las pensiones y jubilaciones de los trabajadores venezolanos, y presente soluciones definitivas para el beneficio de los trabajadores y de las empresas que aún permanecen activas en el país.

Solo juntos podremos sacar al país adelante.
Cámara de Comercio de Maracaibo
Mayo 22, 2024

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