Una persona que esté a punto de recibir sentencia judicial en Venezuela puede ser obligada a comenzar todo el proceso penal desde cero por un apartado del marco legal que, según abogados defensores, hoy es usado a discreción para retrasar la Justicia y mantener en la cárcel a ciudadanos considerados presos políticos.
Aunque el artículo en cuestión no es nuevo, los juristas advierten que en el último año ha servido para dilatar los procesos contra decenas de personas, especialmente activistas y operadores proselitistas que forman parte de la lista de 288 privados de libertad por razones políticas que hay en el país, según la ONG de Venezuela Foro Penal.
«Si el debate (en un juicio) no se reanuda a más tardar al undécimo día después de la suspensión, se considerará interrumpido y deberá ser realizado de nuevo, desde su inicio», reza el título 320 del Código Orgánico Procesal Penal (COPP), lo que, en ocasiones, se traduce en años de prisión para quienes esperan ser absueltos o aseguran ser inocentes.
Retardo procesal
Según estimaciones de la ONG Una Ventana a la Libertad (UVL), y a falta de datos oficiales, cerca del 70 % de los prisioneros en Venezuela no han recibido una condena definitiva, lo que revela que la mayoría de las personas que están presas son tan potencialmente culpables como inocentes.
Con ese panorama, el artículo 320 del COPP alimenta el retardo procesal, según el abogado Joel García, quien explica a EFE que una vez que se reinician los juicios, muchas veces a punto de concluir, la «detención preventiva se mantiene» y «se convierte en una pena anticipada», sin certezas sobre cuál será la sentencia.
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